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PHD Argentina
11.12.2017

Desde enero las publicidades suprimirán “la letra chica”

Según una disposición de la Secretaria de Comercio, las empresas ya no deberán sumar largos mensajes a sus avisos en prensa, radio y TV. Se remitirán a una Web. Pese a ello ciertos datos deberán seguir apareciendo como precio, país y origen y CFT si hay cuotas.

La famosa "letra chica" de las publicidades tiene los días contados: desde enero los consumidores dejarán de ver y escuchar esas aclaraciones legales en los miles de avisos que cada día difunden los diarios, las revistas, los sitios web, las radios y los canales de televisión del todo el país.

"Promoción sin obligación de compra válida del 10 al 24 de diciembre hasta agotar stock de 10.000 unidades en sucursales de todo el país a excepción de las ubicadas en la provincia de Córdoba". Textos de ese tipo son los que dejarán de figurar en las publicidades cuando entre en vigencia una resolución de la Secretaría de Comercio -la 915-E/2017. La norma comienza a regir desde mediados de enero.
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Según lo dispuesto, seguirá siendo obligatorio para las empresas redactar y publicar esos extensos textos llenos de especificaciones. Pero ya no habrá obligación de que tengan un espacio en las piezas publicitarias gráficas ni de que sean pronunciadas -como sucede ahora, a toda velocidad- al final de los avisos audiovisuales.

La información legal obligatoria "relativa a las características esenciales de los bienes y servicios que se publicitan, así como también las condiciones de su comercialización, será proporcionada a los consumidores a través de una página web y/o una línea telefónica gratuita", indica la flamante norma.

La resolución especifica que, si la empresa opta por mudar sus legales a una web, la publicidad deberá remitir al sitio incluyendo la frase: "Para más información consulte en...".

Mientras, si el medio elegido es una línea 0-800, el aviso deberá decir: "Para más información comuníquese gratuitamente al teléfono...". Y ese teléfono tendrá que atender a la gente "como mínimo" en los días y horas en los que la empresa ofrezca sus bienes y servicios.
"En ningún caso dichas frases podrán superponerse con otras, ni con música, ni otros sonidos que pudieran dificultar su escucha", aclara el texto. Y ordena que la información legal dada por Internet o por teléfono "no podrá desnaturalizar el objeto o contenido de la publicidad". Es decir, que queda prohibido negar en los legales lo que el aviso promete.

Por otra parte, aunque buena parte de la "letra chica" vaya a ser eliminada, ciertos datos deberán seguir apareciendo. Por ejemplo, el precio y el país de origen del bien o servicio. Y el costo financiero total (CFT) en los avisos que ofrezcan planes de cuotas.

"Cuando la financiación ofrecida corresponda a un sistema de ahorro previo deberá, además, exhibirse de tal manera que se identifique dicha circunstancia inequívocamente", agregan.
 
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