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OSA Argentina
28.08.2009

El Gobierno envió al Congreso el proyecto de ley de Radiodifusión

Comenzó el camino legislativo para la aprobación del proyecto de Ley de Comunicación Audiovisual. La presidente Cristina de Kirchner presentó el proyecto en Cadena Nacional. La norma prevé mayor control hacia los medios. Se espera un áspero debate en comisiones.

El proyecto de Ley de Comunicación Audiovisual presentado por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner ingresó esta tarde a la Cámara de Diputados, donde comenzaría a ser debatido la semana próxima en comisión.

El texto, firmado por el jefe de Gabinete, Aníbal Fernández, ingresó formalmente por Mesa de Entradas de la Cámara baja y fue enviado a la Secretaría Parlamentaria, desde donde será girado a la comisión que corresponda.
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La iniciativa, de 157 artículos, comprende, entre otros aspectos la creación en el ámbito del Poder Ejecutivo, la sociedad de Estado radio y Televisión Argentina, que tendrá a su cargo la administración, operación desarrollo y explotación de los servicios de radiodifusión y televisión del Estado.

También establece "el desarrollo de mecanismos destinados a la promoción, desconcentración y fomento de la competencia con fines de abaratamiento, democratización y universalización del aprovechamiento de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación".

En relación a la cantidad de medios que puede poseer un operadora nivel nacional, en su artículo 38, el proyecto establece lo siguiente:

Una licencia de servicio de comunicación audiovisual sobre soporte satelital; hasta 10 señales sonoras de televisión abierta o de cable y hasta 24 licencias de radiodifusión por suscripción con vínculo físico en diferentes localizaciones.

Además, ningún operador podrá poseer en su órbita de alcance más del 35 por ciento del total de la población del país o de los abonados, en el caso que corresponda.

Por su parte, a nivel local establece que un mismo operador puede poseer una emisora AM, dos de FM, una señal de cable o una señal abierta. Y que en ningún caso la suma total podrá superar las tres frecuencias.

Los prestadores de servicio de televisión paga no podrán ser titulares de señales, salvo la propia, señala el proyecto.

En uno de sus puntos principales establece que "la actividad realizada por los servicios de comunicación audiovisual se considera de interés público, de carácter esencial para el desarrollo sociocultural de la población, por el que se exterioriza el derecho humano inalienable de expresar, recibir, difundir e investigar informaciones, ideas y opiniones.

El texto crea, además, la Defensoría del Público de la Comunicación Audiovisual, la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual y el Consejo Federal de la Comunicación Audiovisual.

Fija también un límite de un 30 por ciento a la participación de capital extranjero en una sociedad comercial que posea medios y determina que las licencias serán otorgadas por un plazo de 10 años, prorrogable por 10 años más y con el requisito de que se realice una audiencia pública al efecto.

El proyecto del Poder Ejecutivo señala que "las licencias son intransferibles y sólo se podrán hacer excepciones pasados los 5 años de otorgadas y en caso de que no afecten el capital mayoritario, previa autorización de la autoridad de aplicación".

Además, "la licencia debe ser explotada por su titular, no pudiendo éste vender espacios de la programación a terceros en forma total o parcial, ni celebrar contratos de exclusividad con empresas comercializadoras de publicidad o con productoras de contenidos, ni delegar a un tercero la comercialización de los servicios".


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