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![]() 19 marzo 2009
Finalmente, el Gobierno presentó el proyecto para una nueva Ley de RadiodifusiónLo dio a conocer la Presidenta. La nueva normativa busca, según Cristina, “garantizar la pluralidad de voces”. Conozca los principales cambios entre la actual y la iniciativa que el Gobierno intentará aprobar en el Congreso. Ver texto completo de proyecto de Ley Ley 22.285: Unicamente se regulan los servicios abiertos (radio y TV) y los sistemas complementarios más antiguos, como Antenas Comunitarias. Ley SCA: El objeto de la iniciativa es otorgar marco legal a todos los Servicios de Comunicación Audiovisual independientemente del soporte técnico utilizado para su transmisión. El libre acceso a las nuevas tecnologías permitirá el establecimiento de garantías destinadas a proteger el pluralismo y la diversidad de todas las producciones audiovisuales. Ley SCA: Se garantiza el derecho humano universal al derecho a la información y a la libertad de expresión como lo prevé el 13 de la Convención Americana sobre Derechos humanos, que implica el derecho a recibir, difundir e investigar informaciones y opiniones. Los tratados de Derechos Humanos son una pieza fundamental del espíritu de esta propuesta. SCA: El organismo que regulará los Servicios de Comunicación Audiovisual será dirigido por un órgano colegiado integrado por representantes de la legislatura nacional, de la segunda y tercera minoría y representantes del Poder Ejecutivo Nacional. Se establecerá un Consejo Multisectorial y Participativo integrado por representantes de las Universidades, de las Asociaciones sin fines de lucro, de los trabajadores del sector, etc. Ley SCA: Se permitirá el acceso a las entidades sin fines de lucro. Ley SCA: Se impedirá la formación de monopolios y oligopolios. Se promoverá el pluralismo del espectro y de los servicios de Comunicación Audiovisual. El Estado Nacional, las Provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y los Municipios tendrán asignadas frecuencias. Ley SCA: Se permitirá que las Universidades tengan emisoras sin restricciones ni obligación de ser sociedades comerciales. Se propondrá un sistema de medios estatales con objetivos democráticos, con participación y control comunitario y social. Ley SCA: El control del Congreso de la Nación estará previsto para evaluar el funcionamiento de la Autoridad de Aplicación, de los medios públicos y el desempeño del Defensor del Público. Para ello se crea la Comisión Bicameral de Seguimiento y Promoción de los Servicios de Comunicación Audiovisual. Ley SCA: Sólo se podrán tener 10 licencias de servicios abiertos. Ley SCA: Las licencias de TV paga estarán limitadas en número y en cuotas de mercado. Ley SCA: Las licencias durarán 10 años y se podrán prorrogar 10 por años más, previa realización de Audiencias Públicas. Ley SCA: Para ser titular de una licencia se ponderarán criterios de idoneidad y de arraigo en la actividad. Se excluirá de la posibilidad de ser titular a quienes hayan sido funcionarios jerárquicos de gobiernos de facto, atendiendo a la importancia de los medios en la construcción del Estado de Derecho y la vida democrática. Ley SCA; Se promoverá un régimen de transparencia de titularidad de propiedad de las licencias. Ley SCA: Este proyecto prevé que los partidos de fútbol relevantes podrán verse por TV abierta. SCA: Se promoverá la regularización de medios comunitarios, que han estado excluidos durante décadas. Ley 22.285: Su participación estuvo prohibida hasta el año 2005. Actualmente pueden participar en forma restringida. Ley SCA: Se establecerá un régimen abierto de participación para las cooperativas. También se implementarán medidas tendientes a evitar abusos de posición dominante. Ley 22.285: No está previsto. Ley SCA: Se establecerá una Cuota de Pantalla de Cine Nacional, como lo han hecho países como Francia o Brasil. |
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